Dinero Electronico Ventajas Y DesventajasLey 21 2011 Dinero ElectrónicoBanco de España - Normativa - Regulación de entidades de crédito. Todos los enlaces se abren en nueva ventana. Ley 2. 1/2. 01. 1, de 2. BOE de 2. 7)Real Decreto 7. BOE de 5)Real Decreto 1. Reglamento que desarrolla el texto refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2. BOE de 4 de noviembre) Art. Ley 1. 0/2. 01. 0, de 2. BOE de 2. 9). Arts. Ley 1. 6/2. 00. 9, de 1. BOE de 1. 4). Art. · Proyecto de Ley de Dinero Electrónico en el Perú En el Perú, el 03 de. sera simbolo que tiene una gran cuenta de dinero electronico. Art. 11 de la Ley 21/2011 de Dinero Electrónico: Apertura de Sucursales y Libre Prestación de Servicios en Un Estado Miembro de la Unión Europea por Entidades de. · Cabe recordar que la Ley de Dinero Electrónico fue aprobada por el Congreso y promulgada por el. DINERO ELECTRONICO. Images that Influence –. ¿Qué es el Efectivo Desde Mi Celular (dinero electrónico)? Es un medio de pago electrónico, implementado por el Banco Central del Ecuador, cuyo respaldo es el. · DINERO ELECTRONICO EN ECUADOR. ¿Por qué Perú busca impulsar este proyecto de Ley? En Venezuela, donde el dinero bancario. Images that Influence. La Ley de dinero electrónico otorgará mayor seguridad jurídica en las operaciones. La Ley de dinero electrónico incorpora al ordenamiento jurídico español los aspectos sustanciales de la Directiva comunitaria de 1. Se entiende por dinero electrónico todo valor monetario almacenado por medios electrónicos o magnéticos, que represente un crédito sobre el emisor, que se emita al recibo de fondos con el propósito de efectuar operaciones de pago y que sea aceptado por una persona física o jurídica distinta del emisor de dinero electrónico. Objetivos fundamentales. Son tres los objetivos fundamentales que se persiguen con esta Ley: -Se trata de aumentar la precisión del régimen jurídico aplicable a la emisión de dinero electrónico, clarificando su definición y el ámbito de aplicación de la norma. De esta forma, al aumentar la seguridad jurídica de los intervinientes en el mercado, se facilitará el acceso a la actividad de emisión de dinero electrónico y se estimulará la competencia en dicho sector. Se persigue el diseño de un régimen jurídico más proporcionado, de modo que se eliminen determinados requerimientos de las entidades de dinero electrónico que, por resultar demasiado onerosos para ellas, se han revelado inadecuados en relación con los riesgos que su actividad puede potencialmente generar. Se pretende garantizar la consistencia entre el nuevo régimen jurídico de las entidades de pago y el aplicable a las entidades de dinero electrónico. Las actividades que pueden desarrollar ambos tipos de entidades tienen conexiones evidentes, de manera que es preciso acomodar ambas regulaciones para evitar prácticas de arbitraje regulatorio. Nivel suficiente de recursos propios. Parte fundamental del régimen jurídico de las entidades de dinero electrónico es su obligación de mantener en todo momento, además del capital inicial mínimo exigible, un nivel suficiente de recursos propios. Adicionalmente, el Proyecto de Ley dota al Banco de España de una serie de facultades para garantizar la existencia de capital suficiente en las entidades de dinero electrónico. Asimismo, antes de comenzar su actividad las entidades de dinero electrónico deberán inscribirse en un registro especial que a tal efecto se creará en el Banco de España, en el que figurarán también sus agentes, sucursales y las actividades que pretenden llevar a cabo. Vales descuento y cheques comida no son dinero electrónico. Tampoco los abonos transporte. Así, incorpora una enmienda introducida por el Senado que define como "red limitada" aquella en la que los instrumentos sólo pueden emplearse para la adquisición de bienes y servicios en un determinado establecimiento o cadena de establecimientos, o para una serie limitada de bienes y servicios, sea cual "sea la localización geográfica del punto de venta". En su redacción original, la ley excluía de su ámbito de aplicación "aquel valor monetario almacenado en instrumentos específicos", diseñados para atender necesidades "concretas" y cuyo uso esté "limitado" a una red de establecimientos o de proveedores de bienes y servicios o a una gama limitada de productos. Sin embargo, la norma, que transpone una directiva europea, obliga a los emisores del dinero electrónico a reembolsar al titular del mismo el valor monetario del dinero electrónico de que se disponga, lo que llevó a PP, PNV y Ci. U a denunciar que esto podría extenderse a los vales si no se excluían claramente de su ámbito de aplicación.
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November 2017
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